¿Cómo incluir la etiqueta energética en los anuncios de las viviendas?

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Desde que se anunciara la obligatoriedad del certificado de eficiencia energética para los edificios destinados al alquiler o venta a partir del 1 de junio de 2013, no ha cesado la polémica en torno al mismo. Primero esta se centró en los inmuebles que habrían de contar con ese documento, que no trata de reflejar sino el rendimiento energético de la vivienda. Después, esta se desplazó hacia los organismos competentes de su expedición y al proceso de consecución del mismo, sin olvidar la disparidad del coste de su registro en función de la Comunidad Autónoma. Y, cuando todo parecía asentarse, meses más tarde, cuando todos contamos ya con el certificado energético convenientemente presentado en el registro y la respectiva etiqueta energética asociada, toca preguntarse: ¿cómo hemos de publicitarlo?

 

He aquí de nuevo la controversia y las dudas, especialmente al anunciarse sanciones de entre 300 y 6000€ por no indicar esta calificación en la documentación asociada a la comercialización de la vivienda. En Madrid, de hecho, ya se ha creado un servicio de inspección que vela por el cumplimiento de todo lo relacionado con la certificación energética de los edificios, al tiempo que en Andalucía se ha puesto en marcha una campaña para comprobar que las viviendas en alquiler y venta cuentan con este documento. Con el marco regulador en pleno funcionamiento, toca asegurarse de hacer lo indicado en la legislación pero, ¿dónde se indica?

 

A continuación recogemos algunas indicaciones sobre la inclusión de la etiqueta energética en diferentes soportes publicitarios:

  • Carteles de "Se vende" o "Se alquila" a pie de calle. En estos llamativos carteles que se colocan en el exterior de los edificios, en el que tan solo aparece el teléfono de contacto, no es necesario incluir la calificación obtenida.
  • Folletos publicitarios y anuncios en portales inmobiliarios. Al recoger estos todo tipo de información sobre la vivienda, más allá de si se encuentra en alquiler o venta, se ha de incluir la etiqueta, si bien se permite reducir o ampliar su tamaño según convenga siempre que se mantengan las proporciones y resulte legible. Asimismo, se recoge la posibilidad de no incluirla de manera íntegra, sino de reducir el área que se muestre a la escala y los valores asociados a emisiones y consumo.
  • Anuncios en prensa. Por su reducido formato, simplemente se debe mencionar la letra obtenida, la calificación energética en Consumo y Emisiones. 

 

En sí, la premisa general, como se puede observar, es la siguiente: en todos los anuncios en los que figure algún dato de la vivienda más allá del teléfono de contacto, ha de figurar la calificación energética correspondiente. Toda la información relativa a las características de esta etiqueta y las particuparidades de su difusión se encuentran recogidas en el este documento elaborado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo: Modelo de Etiqueta de Eficiencia Energética.

 

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